Triunfa el modelo balear «Antiokupas»

La Policía Nacional y Guardia Civil se han hartado de la falta de un procotolo común frente a la okupación y de la disparidad de normas que rigen cada cuerpo y cada región. Por eso, mandos de ambos cuerpos se han reunido esta semana para sentar las bases de un reglamento único.

Para ello han tomado como base la instrucción que el fiscal general de Islas Baleares firmó en junio de 2019, que facilita la intervención de las fuerzas de seguridad para el desalojo de una vivienda en un amplio abanico de casos sin requerir una decisión judicial.

Hace justo un año, en Baleares se aprobó una medida pionera contra la ocupación de viviendas que pasó desapercibida en el resto del país pero que ha contribuido a controlar a los okupas en las islas. Se trata de una instrucción emitida por el fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, que autoriza a las fuerzas de seguridad a desalojar una vivienda sin intervención de un juez. Si los agentes ven la situación clara, están legalmente amparados para abrir la puerta y expulsar a los okupas, lleven allí el tiempo que sea. Incluso los pueden detener. Según policías y abogados, esta instrucción ha sido usada con frecuencia durante todo el año para atajar un problema social que en los últimos años se había descontrolado en las islas, principalmente en Mallorca.

La instrucción diferencia entre el uso que hacen los propietarios de las viviendas para determinar cómo deben actuar las fuerzas de seguridad. Para ello, el fiscal recoge la opinión de la Audiencia Provincial de Islas Baleares, que define la relación que el dueño tiene con cualquiera de sus domicilios. Dicha relación se basa en el concepto de «posesión»: si el dueño ejerce algún tipo de actividad en esa vivienda -residencia habitual, segunda residencia, negocio o alquiler-, entonces practica el concepto de «posesión» sobre ella.

En todos esos casos, el fiscal insta a las fuerzas de seguridad a actuar «directamente y de forma inmediata», deteniendo al autor de la okupación en los casos necesarios. También insta a los agentes a instruir un atestado en el que detallen las demás actividades constitutivas de delito en las que pueda incurrir el okupa para tomar las medidas judiciales oportunas.

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