Hipotecas de autopromotor

Las hipotecas autopromotor son un tipo de préstamos que no financian la compra de una vivienda, sino la ejecución de la obra. Esto quiere decir que hay algunos aspectos que funcionan igual que en las hipotecas ordinarias, pero también que hay otros que no. Lo primero que se debe saber es que este tipo de ayudas, en general, no incluyen la compra del terreno, que debe correr a gasto del comprador.

En cuanto a la manera en la que se ejecuta esta hipoteca, es importante saber que puede variar en función de la entidad bancaria por la que se apueste. En general, las hipotecas autopromotor tienden a cubrir un máximo del 80% del valor del inmueble, y su duración oscila entre los 10 y 30 años. Debido a la naturaleza de este tipo de préstamos, las hipotecas para construir una casa no suelen dar la totalidad del capital de una sola vez. Lo habitual es que el dinero se entregue a plazos, acorde a cómo vaya avanzando la construcción. Según apunta Idealista, se pueden distinguir tres tramos diferentes:

-Tramo suelo: es la primera fase o fase inicial. El cliente suele recibir el 50% del préstamo, y lo destina al proyecto arquitectónico y al inicio de las obras.

-Tramo de certificaciones: suele suponer el 20 o el 30% del préstamo y está pensado para ir haciendo frente a los pagos que van surgiendo según avanza la obra. En esta fase, el arquitecto o quien sea responsable del proyecto debe realizar los justificantes que avalen los avances de la obra, que se tendrán que presentar al banco a modo de prueba y garantía.

-Tramo de fin de obra: se obtiene la parte que queda del préstamo, que suele ser un 10-20%. En este momento, la construcción debe estar terminada y el siguiente paso es conseguir la cédula de habitabilidad.

Requisitos a cumplir

Para acceder a una hipoteca autopromotor, al igual que para acceder a una ordinaria, se deben cumplir una serie de condiciones, como puede ser tener un perfil solvente que dé seguridad al banco. Otros aspectos que las entidades bancarias tendrán en cuenta, son los siguientes:

-Que el terreno sea propiedad del solicitante y esté a su nombre en el Registro de la Propiedad.

-Que el terreno esté calificado como un suelo urbanizable.

-Tener la licencia de construcción y que el proyecto esté validado por el Colegio de Arquitectos.

-Presentar un certificado energético en la fase de redacción del proyecto, que califique el nivel de eficiencia energética de la vivienda antes de que esta se construya.

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